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CUENTA TÉRMICA 2016: CÓMO FUNCIONA

[hn_title heading=»3″]Incentivos a la eficiencia energética para administraciones públicas y empresas[/hn_title]

A finales de mayo de 2016 entrará en vigor el nuevo Conto Termico 2.0, un esperado decreto que contiene importantes incentivos para las medidas de eficiencia energética y la producción de energía térmica a partir de fuentes renovables.

El Conto Termico es un mecanismo introducido en 2012 que permite solicitar incentivos para financiar mejoras de la eficiencia energética en edificios y sistemas de producción.

Por último, se está renovando y actualizando este importante instrumento, introduciendo nuevos incentivos y simplificando el acceso a estos recursos.

[hn_title heading=»3″]¿Quién se beneficia de los incentivos económicos del Conto Termico 2.0?[/hn_title]

Los beneficiarios de los incentivos son las administraciones públicas, incluidas las empresas públicas patrimoniales, las cooperativas sociales y otras entidades indicadas por el decreto; 200 de los 900 millones de euros anuales definidos por el Conto Termico se destinan a esta categoría.

Los 700 millones de euros restantes se destinan a empresas y particulares que pueden solicitarlosdirectamente o a través de una ESE.

900 MILLONES DE EUROS ANUALES, DE LOS CUALES 200 MILLONES PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

[hn_title heading=»3″]¿Cuáles son las principales novedades?[/hn_title]

La renovación del decreto ha traído muchas novedades y facilitará enormemente el acceso de los solicitantes a los incentivos para contribuir a promover un «país más eficiente»; he aquí los cambios de CT 2.0:

  • ampliación de las modalidades de acceso y de las personas que pueden solicitar incentivos
  • introducción de nuevas medidas de eficiencia energética
  • aumento del tamaño de las instalaciones subvencionables
  • agilizar el procedimiento de acceso directo.

Además, es posible solicitar los incentivos en un solo pago hasta un máximo de 5.000 euros y obtener también una reducción del plazo de pago de seis a dos meses.

[hn_title heading=»3″]Intervenciones incentivables en el marco del nuevo Conto Termico[/hn_title]

El nuevo Conto Termico prevé una serie de intervenciones incentivables en función del tipo de solicitante, he aquí un breve resumen extraído de la página web del IGE:

CAT A)

Intervenciones para aumentar la eficiencia energética de los edificios existentes(RESTRINGIDO A AP)

Eficiencia de la envolvente

  • aislamiento de paredes y techos
  • sustitución de ventanas y puertas
  • instalación de protección solar
  • conversión de edificios existentes en «edificios de consumo de energía casi nulo».
  • sistemas de iluminación eficientes
  • tecnologías de automatización de edificios
Sustitución de los sistemas de aire acondicionado de invierno existentes por sistemas de mayor eficiencia (por ejemplo, calderas de condensación).

CAT. B)

Producción de energía térmica a pequeña escala a partir de fuentes renovables y sistemas de alta eficiencia

Sustitución de las centrales existentes por generadores alimentados por fuentes renovables:

  • bombas de calor, para aire acondicionado también combinadas para ACS;
  • calderas de biomasa, estufas y chimeneas de calefacción;
  • sistemas híbridos de bomba de calor;
  • sustituir los calentadores de agua eléctricos por calentadores de agua con bomba de calor.
Instalación de sistemas solares térmicos también combinados con tecnología de refrigeración solar para la producción de frío

 

[hn_title heading=»3″]Cómo solicitar incentivos[/hn_title]

Para la mejora de la eficiencia energética, los especificados por el decreto pueden acceder a los incentivos de dos maneras:

  1. ACCESO DIRECTO

La solicitud de incentivos por vía directa la podrán realizar las AP y entidades privadas en el plazo de 60 días desde la finalización de las obras. Tendrán que introducir los datos en el Portal (elPortaltermico, el portal del IGE dedicado a gestionar la presentación de solicitudes de concesión/reserva de incentivos) e indicar las intervenciones realizadas y realizar la solicitud de concesión de incentivos. El IGE tardará un máximo de 60 días en realizar la investigación preliminar y desembolsar los incentivos.

También existe un procedimiento simplificado para la instalación de pequeños electrodomésticos en el Catálogo de Electrodomésticos.

  1. RESERVA A TRAVÉS DE ESCO

Dedicado a las intervenciones aún por realizar por las AP y las ESE que actúen en su nombre; la reserva se realiza a través del formulario de solicitud (de nuevo a través del Portaltermico) e implica el desembolso de un anticipo inicial al inicio y el saldo al término de las obras.

LA FACTURA DE CALEFACCIÓN, A DIFERENCIA DE LAS DEDUCCIONES FISCALES, ES UNA MEDIDA DE INCENTIVO PERMANENTE

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