[hn_title heading=»3″]Incentivos a la eficiencia energética para administraciones públicas y empresas[/hn_title]
A finales de mayo de 2016 entrará en vigor el nuevo Conto Termico 2.0, un esperado decreto que contiene importantes incentivos para las medidas de eficiencia energética y la producción de energía térmica a partir de fuentes renovables.
El Conto Termico es un mecanismo introducido en 2012 que permite solicitar incentivos para financiar mejoras de la eficiencia energética en edificios y sistemas de producción.
Por último, se está renovando y actualizando este importante instrumento, introduciendo nuevos incentivos y simplificando el acceso a estos recursos.
[hn_title heading=»3″]¿Quién se beneficia de los incentivos económicos del Conto Termico 2.0?[/hn_title]
Los beneficiarios de los incentivos son las administraciones públicas, incluidas las empresas públicas patrimoniales, las cooperativas sociales y otras entidades indicadas por el decreto; 200 de los 900 millones de euros anuales definidos por el Conto Termico se destinan a esta categoría.
Los 700 millones de euros restantes se destinan a empresas y particulares que pueden solicitarlosdirectamente o a través de una ESE.
900 MILLONES DE EUROS ANUALES, DE LOS CUALES 200 MILLONES PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
[hn_title heading=»3″]¿Cuáles son las principales novedades?[/hn_title]
La renovación del decreto ha traído muchas novedades y facilitará enormemente el acceso de los solicitantes a los incentivos para contribuir a promover un «país más eficiente»; he aquí los cambios de CT 2.0:
- ampliación de las modalidades de acceso y de las personas que pueden solicitar incentivos
- introducción de nuevas medidas de eficiencia energética
- aumento del tamaño de las instalaciones subvencionables
- agilizar el procedimiento de acceso directo.
Además, es posible solicitar los incentivos en un solo pago hasta un máximo de 5.000 euros y obtener también una reducción del plazo de pago de seis a dos meses.
[hn_title heading=»3″]Intervenciones incentivables en el marco del nuevo Conto Termico[/hn_title]
El nuevo Conto Termico prevé una serie de intervenciones incentivables en función del tipo de solicitante, he aquí un breve resumen extraído de la página web del IGE:
CAT A)
Intervenciones para aumentar la eficiencia energética de los edificios existentes(RESTRINGIDO A AP) |
Eficiencia de la envolvente
|
Sustitución de los sistemas de aire acondicionado de invierno existentes por sistemas de mayor eficiencia (por ejemplo, calderas de condensación). |
CAT. B)
Producción de energía térmica a pequeña escala a partir de fuentes renovables y sistemas de alta eficiencia |
Sustitución de las centrales existentes por generadores alimentados por fuentes renovables:
|
Instalación de sistemas solares térmicos también combinados con tecnología de refrigeración solar para la producción de frío |
[hn_title heading=»3″]Cómo solicitar incentivos[/hn_title]
Para la mejora de la eficiencia energética, los especificados por el decreto pueden acceder a los incentivos de dos maneras:
- ACCESO DIRECTO
La solicitud de incentivos por vía directa la podrán realizar las AP y entidades privadas en el plazo de 60 días desde la finalización de las obras. Tendrán que introducir los datos en el Portal (elPortaltermico, el portal del IGE dedicado a gestionar la presentación de solicitudes de concesión/reserva de incentivos) e indicar las intervenciones realizadas y realizar la solicitud de concesión de incentivos. El IGE tardará un máximo de 60 días en realizar la investigación preliminar y desembolsar los incentivos.
También existe un procedimiento simplificado para la instalación de pequeños electrodomésticos en el Catálogo de Electrodomésticos.
- RESERVA A TRAVÉS DE ESCO
Dedicado a las intervenciones aún por realizar por las AP y las ESE que actúen en su nombre; la reserva se realiza a través del formulario de solicitud (de nuevo a través del Portaltermico) e implica el desembolso de un anticipo inicial al inicio y el saldo al término de las obras.
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